Tesis La Ley Trans y la ideología Queer

El Partido Feminista se pronuncia radicalmente en contra de las leyes LGTBI aprobadas en varias Comunidades Autónomas españolas, así como de la ley Trans aprobada en el Congreso de los Diputados en la legislatura pasada.
La “teoría” queer es un conjunto de ideas sobre el género y la sexualidad humana donde se sostiene que los géneros, las identidades sexuales y las orientaciones sexuales no están esencialmente inscritos en la naturaleza biológica humana, sino que son el resultado de una construcción cultural, que varía en cada sociedad.
Pocas veces en el curso de las polémicas filosóficas que se han dirimido a lo largo de los siglos se han traspasado tantas reglas de la lógica ni se han defendido tales absurdos despropósitos que se han convertido en leyes, reglas sociales, delitos punibles y acciones reivindicativas, como en el momento actual con el “discurso del género”. Tras consentir su difusión durante varias decenas de años, hoy la teoría queer ha adquirido categoría de dogma y se ha constituido en norma legal. Se trataba de disgregar, confundir, dividir y engañar al Movimiento Feminista que se estaba fortaleciendo nuevamente. La Universidad fue una de las primeras que engendró en sus cátedras la teoría del género. En Francia y en EEUU algunas catedráticas se esforzaron en construir una teoría que pretendía explicar la opresión femenina -de la explotación se habla menos, la Universidad está paralizada en las discusiones filosóficas tomistas que solo tratan de las cuestiones superestructurales- en términos que creían “nuevos”.
Lo que hasta entonces se describía como “ideología sexista” por la que el Patriarcado atribuye al varón la preeminencia social, con toda clase de privilegios y a la mujer el papel secundario y sumiso, se convierte en una palabra indefinible que solo los especialistas conocen, que pierde toda connotación ideológica -se pretende técnica- y política, como feminismo y antropológica como mujer. Con el sustantivo género se enmascaran los aspectos más conflictivos: feminismo, antifeminismo, machismo, sexismo, que con el sufijo “ismo” son políticos e implican lucha de clases, cuestión que desaparece en este universo posmoderno.
Si las agresiones de los hombres a las mujeres en vez de calificarlas de violencia machista se denominan violencia de género, queda indeterminado quien es el agresor y quien la víctima. Género lo tenemos todas las personas y, por tanto, ya no hay culpables e inocentes en la violencia; cualquiera puede ser víctima o agresor. La violencia de género no es una violencia de clase, ni siquiera de sexo, puesto que este sustantivo no se emplea nunca. El constructo lingüistico que da título a la Ley de Violencia ha permitido que se organicen hombres maltratadores para denunciar que ellos son víctimas de la violencia feminista y permite que las formaciones de ultraderecha afirmen que cualquiera, hombre o mujer, puede ser agresor o víctima. A su vez ha dado lugar a que se acepten despropósitos tales como las teorías de la “identidad de género”, “expresión de género”, “transgénero” y otras elucubraciones semejantes. Y en vez de proporcionar tratamientos médicos y psiquiátricos a quienes padecen tales trastornos, han logrado que los lobbies gay y transexual legalicen lo que llaman “la autodeterminación de género” y el derecho a declararse del sexo contrario únicamente por su propio deseo. De tal modo han ocupado los espacios de las mujeres y se enfrentan agresivamente con cualquiera que se muestre en desacuerdo con ellos.
EL TRANSGÉNERO
La invisibilización del sexo biológico como condición fundamental de la clasificación de los seres humanos en hombres y mujeres y que justifica la preeminencia de unos y el sometimiento de las otras, como hace tanto tiempo escribió Engels en El origen de la Familia, la Propiedad Privada y el Estado: “La primera división de clase fue la del hombre y la mujer para la procreación de los hijos”, ha dado lugar al agrio debate sobre lo que ahora llaman el transgénero y a la peligrosa ofensiva desencadenada por los lobbies gays y trans contra la racionalidad, que deriva inevitablemente contra las mujeres. De aquellos polvos vienen estos lodos.
Ya no es condición sine qua non para clasificarnos como mujer la construcción anatómica del cuerpo con los órganos precisos para poder realizar la reproducción en los complicados procesos del embarazo, del parto y de la lactancia, mientras el cuerpo masculino posee los genitales preparados para la inseminación. La base material de la división sexual del trabajo entre hombres y mujeres para la reproducción queda oculta por un discurso simbólico. Del materialismo al idealismo. El triunfo de la ideología capitalista.
El postmodernismo (o deconstruccionismo) afirma que no existe una realidad objetiva, que es solo una entre un número ilimitado de narraciones posibles, que ningún sistema político u obra de arte es superior a ningún otro. El postmodernismo es una doctrina profundamente conservadora que ofusca la realidad política y social. A la par, es sorprendente que este término esté decidido por la Organización Mundial de la Salud y no por la Organización Internacional del Trabajo, por ejemplo. Considerando a la mujer un sujeto patológico, se la sitúa como en el siglo XIX en la clasificación de las enfermas: histéricas, menopáusicas. De haberse ocupado de ellas la OIT al menos tendrían la consideración de trabajadoras, lo que las acercaría más al sujeto social que es la clase mujer.
La discusión de los universales: la esencia y la existencia. El sexo transformado, el sexo negado. Como si estuviéramos en la Edad Media, profesoras, políticas, activistas, y especialmente los y las defensoras de la transexualidad, se han enzarzado en una polémica interminable y muy agresiva sobre el género, el transgénero, la intersexualidad. ¿Qué es más importante: la imagen o la realidad ante el mundo virtual que nos domina? Cuando no existía lo digital, la pregunta de los filósofos era, ¿el pensamiento, la imaginación, es más importante que la realidad? ¿Responde la realidad a la imagen? ¿Existe una realidad única y distinguible o solo es nuestra idea de ella? La famosa definición de Descartes: “Pienso, luego existo”, base del pensamiento idealista. La idea crea la existencia.
No importa que el ser humano tenga un cuerpo que exige alimentarse y cuidarse para sobrevivir, que posee unos atributos sexuales diferenciados para poder realizar una reproducción determinada por la especie, así como unas pulsiones dirigidas a lograr el intercurso sexual. Para estas y estos seguidores de la escuela idealista lo único que lo define es lo que ellos piensan e imaginan. La existencia demostrada por el pensamiento, no por su realidad corporal sobre el planeta.
Desde que la ideóloga de la teoría queer Judith Butler, con su libro El género en disputa de 1990, introdujo en las Universidades norteamericanas la polémica sobre la distinción entre sexo y género, como entidades alternativas, se ha desarrollado en el seno del Movimiento feminista una tendencia, cada vez más influyente, que asegura que la diferencia biológica entre hombres y mujeres no es determinante.
En consecuencia, cualquiera de los sujetos concernidos puede escoger, en cualquier momento de su vida, incluyendo menores, un sexo u otro, para realizar lo cual no precisa más que exponerlo y a continuación la maquinaria del Estado se pone a su servicio. Se cambia la inscripción de nacimiento en el Registro Civil, se dispone de los servicios sanitarios públicos para administrarse bloqueadores de hormonas, hormonas contrarias a su sexo y cirugía de cambio de genitales con extirpación de senos y pene y testículos si lo desean. Pero también los sujetos que se “autodeterminan” del sexo contrario y no desean someterse a estas medicaciones y mutilaciones deben ser reconocidos como tales y respetada su voluntad para poder utilizar los servicios públicos, los vestuarios de las tiendas, ser encarcelados en prisiones de mujeres, participar en competiciones deportivas en las secciones femeninas, e incluso han logrado sentencias más benignas en los procesos de violencia machista.
Se ha llegado a esta situación tras recorrer un largo periplo de reivindicaciones que si bien tenían en sus orígenes unas causas racionales –acabar con la represión social y legal que se ejercía contra los homosexuales y transexuales–, ha derivado en adoptar la teoría queer para justificar ideológicamente la aprobación de una legislación que permite las transformaciones descritas.
Esta nueva legislación que se ha aprobado era además innecesaria, ya que la ley 3/2007 de 15 de marzo, establecía las condiciones requeridas para proceder al cambio de sexo y a la modificación de la inscripción registral de nacimiento. Era muy liberal, pues según el dictamen médico puede prescindirse de la hormonación e incluso de la cirugía. El texto literal de la ley decía que la persona ha de acreditar que “ha sido tratada médicamente durante al menos dos años para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado. La acreditación del cumplimiento de este requisito se efectuará mediante informe del médico colegiado bajo cuya dirección se haya realizado el tratamiento o, en su defecto, mediante informe de un médico forense especializado. Pero añade: “No será necesario para la concesión de la rectificación registral de la mención del sexo de una persona, que el tratamiento médico haya incluido cirugía de reasignación sexual. Los tratamientos médicos a los que se refiere la letra b) del apartado anterior no serán un requisito necesario para la concesión de la rectificación registral cuando concurran razones de salud o edad que imposibiliten su seguimiento y se aporte certificación médica de tal circunstancia”.
Con lo cual, si el sujeto presenta un certificado médico que indique que no le conviene ni la hormonación ni la cirugía de cambio de sexo, quedará en las mismas condiciones corporales que antes de declararse transexual, pero con capacidad para ser considerado del sexo opuesto y exigir el tratamiento correspondiente y utilizar los servicios públicos y demás servicios comunes correspondientes a la nueva personalidad.
Lo que la nueva ley de 2024 pretende no es proteger los derechos de las personas trans, sino imponer al resto de la sociedad la “autodeterminación de género” y modificar el lenguaje con el que se definen el hombre y la mujer. La Campaña por los Derechos Humanos de las Mujeres (Women’s Human Rights Campaign) explica en su página web que “es un grupo de mujeres voluntarias que están dedicadas a preservar nuestros derechos basados en el sexo”. Hace el llamamiento “encontrémonos defendiendo a las mujeres y a las niñas”, y declara que “en los últimos años, algunos gobiernos han estado sustituyendo el sexo biológico por la ‘identidad de género’ en la ley y la política, El uso de la ‘identidad de género’ en lugar del sexo biológico amenaza los derechos maternos, el derecho de las mujeres a reunirse y organizarse sin incluir a los hombres, y a la recopilación de datos para la elaboración de estadísticas sobre la violencia contra las mujeres y las niñas. Además, la ‘identidad de género’ se usa para ‘hacer la transición’ a los niños que no se ajustan a los estereotipos sexuales”.
El Partido Feminista de España, ante las diversas estrategias organizadas por el lobby gay y sus acólitos, dirigidas a imponer el discurso queer, tiene la obligación de advertir a la sociedad que los intereses concomitantes, y que se pretenden ocultar, subyacentes en Ley Trans es lograr la aceptación de que los menores que se declaran transexuales puedan proceder a tratamientos médicos y quirúrgicos para cambiar de sexo sin que se exija el informe médico y psicológico pertinente, y de allí una reivindicación cada vez más repetida la legalización de los vientres de alquiler.
La Ley Trans afirma en su Exposición de Motivos que “la presente Ley tiene por objeto brindar protección jurídica a las personas identificadas como trans y regular el derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género de toda persona, especialmente de aquellas que se identifican como personas trans”.
En el capítulo IV afirma que «que reconoce la existencia de múltiples itinerarios y formas de construir, expresar y vivir las identidades trans, múltiples exteriorizaciones de la identidad sexual, traspasando los constructos binarios que “generalmente emergen del examen de la genitalidad».
El artículo 3, dedicado a las definiciones, afirma que: “Identidad sexual o de género” es “aquella vivencia interna y personal del género tal y como cada persona la siente y determina, que puede o no corresponder con el sexo asignado al nacer… en base a la lectura normativa y restrictiva que el sistema médico-legal viene realizando al examinar los genitales con los que nacieron (vulva o pene)”. Como si se “asignase el sexo al nacer” según el capricho de los médicos que asisten al parto y no fuese determinado por la construcción del feto desde el momento de la concepción, con su carga genética y el bombardeo hormonal a que se le somete.
Entramos en una época en que la racionalidad y el análisis marxista de la realidad se desechan para asumir las teorías posmodernas, según las cuales no existe una realidad determinada por las condiciones de la naturaleza, completamente aleatorias y al margen de los deseos personales. Nadie escoge ni la raza ni el sexo, ni la clase social, ni el país, ni la época en que nace, y lo mismo sucede con todos los seres vivos de la Naturaleza. En momentos en que se está defendiendo el mantenimiento de la Naturaleza sin las interferencias humanas que han dado lugar a la extinción de múltiples especies animales, al destrozo de amplias regiones del planeta y a los cambios climatológicos que pueden tener nefastas consecuencias, nos encontramos con que se defienden las transformaciones más artificiales en los seres humanos.
Defendemos la integridad de los animales y del planeta y aceptamos que los seres humanos pueden “deconstruirse” como si se tratara de muñecos mecánicos. Y aún más distópico, ni siquiera se fabrican, sino que se inventan. Cualquiera puede “autodeterminarse” asegurando que es del sexo contrario y por su sola declaración la sociedad entera debe aceptarlo, sean cuales sean las consecuencias.
El Partido Feminista de España, como partido marxista, tiene que hacer constar su absoluto rechazo a tal legislación y a los movimientos de propaganda ideológica que se están difundiendo para que la sociedad admita semejantes objetivos. Las actuaciones de los colectivos homosexuales y de transexuales han logrado la aprobación de la ley Trans de 2024 y otras semejantes en el País Vasco, en la Comunidad de Madrid, Andalucía, Valencia, Murcia, Extremadura, Navarra y Aragón, que aceptan “la autodeterminación de género” y permiten las terapias dirigidas a cambiar de sexo a menores, sin necesitar siquiera de un informe psicológico previo.
Así también se produjo la presentación en el Parlamento de Extremadura, el 3 de diciembre de 2019, de un niño de 8 años que se declaraba transexual y leía un escrito pidiendo que su preferencia fuera suficiente para ser considerado niña. En el mismo sentido, la ley LGTBI, presentada en 2017 en el Congreso de los Diputados, hace desaparecer las categorías de hombre, mujer, padre y madre, y califica a los padres y madres de “progenitores gestantes” y “progenitores no gestantes”, a fin de regular los permisos de parentalidad, entre otros beneficios sociales.
A mayor abundamiento, las leyes trans y LGTBI de las Comunidades y la Ley Trans de competencia estatal, incluso incluyen un régimen de infracciones y sanciones administrativas para garantizar su cumplimiento. En general, establecen tres categorías: infracciones leves, como las expresiones vejatorias contra las personas trans en medios de comunicación o redes sociales; graves, como el uso de libros de texto que presenten a las personas como “inferiores en dignidad humana” en función de su identidad de género; o muy graves, donde se incluyen el acoso o las terapias de modificación de la identidad de género, sin que se pueda descifrar que significa semejante actuación. ¿Quieren decir que se obliga a la persona a que modifique su postura respecto a su sexo? ¿Y de qué manera se la obliga: se la lleva a la fuerza al consultorio médico y allí se la retiene y se la somete a electroshocks? ¿O esta se somete voluntariamente a una terapia psicológica para averiguar en qué consiste su desasosiego?
De todas, la ley LGTBI andaluza es la que estipula las sanciones más duras: multas de hasta 120.000 euros para las infracciones muy graves, junto con otras posibles medidas como la prohibición de recibir ayudas públicas de la comunidad autónoma durante cinco años. En Baleares, la multa máxima es de 90.000 euros, mientras que en Navarra, Comunidad Valenciana, Madrid, Aragón, Extremadura y Murcia llegan hasta los 45.000 euros. Catalunya es la comunidad menos dura de las que establecen sanciones: sus multas máximas están en torno a los 6.000 euros.
Las defensoras de esa legislación y propagandistas de la necesidad de aceptar tanto las teorías descritas como de ponerlas en práctica, en sus discursos ocultan el número de personas que se han arrepentido de haber procedido a cambiar de sexo después de haber sido hormonadas y castradas. Los informes de psicólogos que se muestran preocupados por el acoso que están sufriendo de los trans cuando informan negativamente sobre la conveniencia de atender la demanda de menores que pretenden cambiar de sexo y piden los bloqueadores de hormonas, y los efectos secundarios nefastos que tienen estas terapias: detención del crecimiento, pérdida de masa ósea, alopecia en los casos de masculinización, cambios de humor, depresión.
A la vez que se legalizan y se financian estas prácticas médicas, se asienta el uso de una terminología que elude mencionar las definiciones aceptadas en nuestro lenguaje y contradice las mínimas reglas de la semántica y del sentido común, hace incomprensible en lenguaje popular las denominaciones a que se refiere y tiene como únicos fines:
Invisibilizar a las mujeres. El lenguaje utilizado en los últimos años, por una parte de las recién llegadas a las filas del feminismo, pretende eludir referirse al sujeto mujer. Esta transformación de los términos adoptada a partir del posmodernismo tiene como objetivo olvidar las categorías antropológicas y marxianas, para despolitizar y banalizar tanto las teorías marxistas como las luchas que está librando el Movimiento Feminista y deslegitimar la definición de la mujer como clase social explotada y oprimida por el hombre.
Sustituir el feminismo, tanto en su teoría como en su práctica por la teoría queer, que niega la existencia de hombres y mujeres y que afirma que solamente existen sujetos que pueden cambiar de una conducta y una apariencia masculina a otras femeninas, indistintamente.
Imponer progresivamente esta ideología, con la perversa complicidad de las Universidades y sus ejecutoras, las profesoras de las diferentes disciplinas que tratan “el género” como una categoría aparte de la mujer, desexualizando a los seres humanos. A consecuencia de esa imposición, el lobby gay se está convirtiendo en dominante en todos los campos de la difusión de la ideología feminista, restando protagonismo al Movimiento Feminista e imponiendo sus objetivos que son:
Lograr la legalización de los vientres de alquiler. Los homosexuales tienen como un objetivo importante poder alquiler úteros femeninos para producir niños o niñas que quieren conseguir para su propio disfrute, como un objeto más que añadir a sus posesiones
Convencer a la sociedad de la legitimidad del deseo de cambiar de sexo y de apariencia corporal, expresado por menores, incluso de 4 años, que debe ser atendido por la Administración.
Considerar a las mujeres seres prescindibles, excepto para la procreación de niños, para lo cual utilizan a las mujeres pobres, las únicas que se ven obligadas a prestar semejantes “servicios”.
Descalificar el feminismo. Si no existen mujeres, ni hombres, ni madres, ni padres, la lucha feminista es innecesaria.
En consecuencia, el Partido Feminista de España se opone públicamente a las leyes autonómicas sobre transexualidad, así cómo la ley estatal del PSOE de 2017 sobre el colectivo LGTBI y la Ley Trans del grupo parlamentario Unidas Podemos de 2024. Y hace un llamamiento tanto al Movimiento Feminista como a filósofos, psicólogos, médicos, profesores, politólogos, medios de comunicación y toda persona que mantenga el criterio que aquí se expone para que continúen difundiendo las críticas que se merece la actual legislación, a fin de que a través de esa campaña se logre que se modifique.
Efectos jurídicos en el cambio registral de sexo
En España se han registrado casos de hombres acusados de violencia machista que, tras modificar legalmente su sexo, han sido excluidos de la jurisdicción especial de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, con sus causas derivadas a la jurisdicción ordinaria o incluso archivadas. Estos cambios registrales no son meramente formales, sino que tienen efectos jurídicos concretos que permiten eludir un marco penal diseñado para hacer frente a la violencia estructural del patriarcado, generando situaciones de impunidad. Esta instrumentalización de la normativa revela una vulnerabilidad del sistema que socava la protección integral a las víctimas y exige la derogación de la ley para evitar que el acceso al cambio registral se convierta en una vía de elusión de responsabilidad penal en delitos de especial gravedad.
Advertir sobre los efectos irreversibles y la falta de información en intervenciones de “transición”
Numerosos casos documentados de jóvenes adultos (entre 21 y 25 años) que accedieron en la adolescencia a tratamientos como bloqueadores de la pubertad, hormonación cruzada o cirugías genitales denuncian hoy haber sido sometidos a intervenciones médicas sin haber recibido una evaluación psicológica adecuada ni una comprensión plena de sus consecuencias irreversibles.
Informes independientes, como el Cass Review en el Reino Unido, revisiones del sistema de salud sueco y testimonios recogidos por asociaciones de personas que han detransicionado, evidencian efectos adversos graves: pérdida de función sexual, infertilidad permanente, trauma posquirúrgico y trastornos depresivos severos. Estos relatos señalan la necesidad urgente de derogar los protocolos actuales.
La protección de la salud física y mental de los menores y jóvenes exige protocolos más rigurosos, transparencia científica y una atención centrada en la persona, no solo en la identidad expresada en un momento determinado.
La disforia de sexo debe abordase con evaluaciones psicológicas, garantizando el acompañamiento no medicalizantes y la exploración de factores asociados como trastornos del neurodesarrollo, trauma, abuso infantil, maltrato, salud mental…
Prevenir la disforia de inicio rápido (DIR) mediante protocolos diferenciados
El aumento de casos de disforia de inicio rápido (DIR), especialmente en adolescentes, principalmente chicas, sin antecedentes previos, es un fenómeno observado también en países como EE. UU., Canadá y Reino Unido, demuestra que la aprobación de leyes, los contenidos del currículo educativo, la salud mental y las influencias digitales estan implicados.
Ante esta realidad, se propone adoptar protocolos clínicos diferenciados basados en el principio de precaución. Las medidas clave incluyen: un seguimiento psicológico y psiquiátrico prolongado (mínimo dos años), la prohibición de intervenciones médicas irreversibles, la participación obligatoria de la familia y la formación del personal sanitario y educativo para evitar diagnósticos apresurados y medicalización innecesaria.
El objetivo es garantizar un abordaje responsable, ético e integral que proteja a los menores de decisiones irreversibles en contextos de vulnerabilidad psicosocial.
El lobby farmacéutico y sus beneficios en la industria del “género”
El Estado debe impulsar investigaciones independientes sobre los conflictos de interés entre grupos activistas, asociaciones médicas y laboratorios farmacéuticos, garantizando que las decisiones clínicas se fundamenten en evidencia científica rigurosa, y no en intereses comerciales. La medicalización de adolescentes mediante el uso de bloqueadores hormonales, terapias hormonales de por vida y cirugías de transición ha generado un nuevo nicho de mercado para la industria farmacéutica. Esta industria obtiene beneficios sostenidos de cada paciente que ingresa en estos tratamientos, especialmente cuando el proceso se inicia en la infancia, lo que prolonga de por vida la dependencia terapéutica y, con ella, los ingresos asociados. Este fenómeno exige un estudio de la influencia de los actores económicos en las políticas de salud sexual y reproductiva.
Responsabilizar al gobierno, a los partidos políticos, al Sistema Educativo y al Sistema Nacional de Salud por participar y promover intervenciones médicas irreversibles y tratamientos no respaldadas por evidencia científica en niños y adolescentes.
Estas prácticas, que incluyen el uso precoz de bloqueadores hormonales y terapias con consecuencias físicas permanentes, deben prohibirse. Se están aplicando sin garantías de reversibilidad, sin consenso científico sólido y sin una evaluación psicológica exhaustiva, ponen en riesgo el bienestar de menores que están siendo tratados como sujetos de experimentación médica.
Exigimos que se detengan los protocolos la identidad de género y que se investigue la responsabilidad institucional en la normalización de tratamientos que, bajo la apariencia de atención sanitaria, constituyen una forma de intervención depredadora y experimental sobre cuerpos jóvenes y en desarrollo.
5 de abril de 2025.
